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DERECHO PROCESAL CIVIL: Solicita se libre oficio judicial en el marco de un proceso

SOLICITA SE LIBRE OFICIO

Sr. Juez:

..............., abogado/a, M.P. Nº...., por la representación acreditada en estas actuaciones caratuladas: "MARTINA M. EN REPRESENTACIÓN DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD C/ MANANO R. S/ ALIMENTOS", Expediente Nº....., a V.S. respetuosamente digo:

I. Que, atento al estado procesal de estos autos, vengo por el presente a solicitar se libre oficio a la Municipalidad de .............................................................., a los fines de que se sirva informar si el Sr. MANANO R., D.N.I. Nº ..............., se encuentra cumpliendo funciones o presta servicios para dicho municipio, en caso afirmativo, sirva remitir fotocopia de la planilla de sueldos debidamente certificadas, a efectos de acreditarlo en estos autos; autorizando al suscripto para su diligenciamiento con facultades de ley, incluso sustituir.-

Proveer de conformidad, Será Justicia.-


Marco legal del pedido de oficio judicial: el artículo 400 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Argentina, expresa: "Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como los de remisión de expedientes ordenados en el juicio, serán requeridos por medio de oficios firmados, sellados y diligenciados por el letrado patrocinante con transcripción de la resolución que los ordena y que fija el plazo en que deberán remitirse. Deberá, asimismo, consignarse la prevención que corresponda según el artículo anterior.

Los oficios dirigidos a bancos, oficinas públicas, o entidades privadas que tuvieren por único objeto acreditar el haber del juicio sucesorio, serán presentados directamente por el abogado patrocinante, sin necesidad de previa petición judicial.

Deberá otorgarse recibo del pedido de informes y remitirse las contestaciones directamente a la secretaría con transcripción o copia del oficio.

Cuando en la redacción de los oficios los profesionales se apartaren de lo establecido en la providencia que los ordena, o de las formas legales, su responsabilidad disciplinaria se hará efectiva de oficio o a petición de parte.

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