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¿Qué es la Acción meramente declarativa o acción declarativa de certeza?

ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA

La acción meramente declarativa tiene por finalidad obtener un pronunciamiento que elimine la falta de certeza sobre la existencia, eficacia e interpretación de una relación jurídica. La sentencia definitiva a dictarse tiene por fin la declaración de la existencia de un derecho. Se caracteriza en la suficiencia para satisfacer el interés de quien entabla esta acción declarativa, de allí que con la misma se agota el cometido de la función jurisdiccional.

Acción meramente declarativa de certeza

Todas las sentencias contienen una declaración sobre el derecho aplicable que le asiste al justiciable, pero en las sentencias declarativas, esa declaración llega a identificarse con el objeto de la sentencia eliminando el estado de incertidumbre denunciado. El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contempla esta figura bajo el título "ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA". En el proceso declarativo existen dos partes en controversia, con interés concreto actual, un perjuicio por la falta de certeza y necesidad de tutela judicial. Existe una cuestión judiciable, lo que no hay es un daño consumado por la vulnerabilidad de intereses.

Se requiere ante una fundada incertidumbre una declaración oportuna que ponga fin a la inquietud provocada por falta de certeza jurídica pero cuando ha existido ya la violación de un derecho no constituye la vía apta para el mantenimiento del orden jurídico. Fuente: SIAJ-Sistema Argentino de Información Jurídica- 

La acción meramente declarativa está regulada en el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y requiere para su procedencia que concurran estos recaudos: 1º la necesidad de hacer cesar un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance o modalidades de una relación jurídica; 2º que esa falta de certeza pudiera producir un perjuicio o lesión actual al actor; y 3º que éste no dispusiere de otro medio legal para ponerle término inmediatamente (cfr. Alsina Hugo: "Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y Comercial, 2ª ed., T.I., Bs. As. 1956, p. 355). (Del voto del juez Coviello, consid. IV). Jurisprudencia: "Jugos del Sur S.A. c/ E.N.(Mº de E. y O. y S.P. s/ Proceso de Conocimiento)"

El art. 322 del C.P.C.C.N. establece: "Art. 322. - Podrá deducirse la acción que tienda a obtener una sentencia meramente declarativa, para hacer cesar un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance o modalidades de una relación jurídica, siempre que esa falta de certeza pudiera producir un perjuicio o lesión actual al actor y éste no dispusiera de otro medio legal para ponerle término inmediatamente. El Juez resolverá de oficio y como primera providencia, si corresponde el trámite pretendido por el actor, teniendo en cuenta la naturaleza de la cuestión y la prueba ofrecida. (Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 25.488 B.O. 22/11/2001)"

A continuación encontrarás un modelo de escrito promoviendo acción meramente declarativa o acción declarativa de certeza:

PROMUEVE ACCIÓN DECLARATIVA

Sr. Juez:

(Nombre y Apellido del damnificado), con domicilio real en la calle San Martín N° 1300, de la localidad de .............., Provincia de Corrientes, por su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr. ............................, Abogado, inscripto al T°...., F°....., del Colegio Público de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Corrientes, Monotributista, CUIT N° ............, constituyendo domicilio legal en la calle  ................., de la localidad de .............., Provincia de Corrientes, tel. ........................., con dirección de correo electrónico ............................., a V.S. me presento y respetuosamente digo:

I. OBJETO: Que, por este acto vengo a promover acción meramente declarativa de certeza contra la Sra. ...................., con domicilio real en la calle .............. para que se declare que el inmueble sito en la calle ..., actual domicilio de la demandada, es de carácter propio del Sr. .........................., por las razones de hecho y derecho que pasaré a exponer.

II. MEDIACIÓN: Que según surge del acta de mediación acompañada dicha instancia fracasó por falta de acuerdo.

III. HECHOS: El ..... de .....de ..........contraje matrimonio con la Sra. ..............., en esta ciudad.

No obstante a ello, en fecha ........ de ........ del año ........, en los autos caratulados: "..................C/.................s/DIVORCIO", expte. N° 45.879/12, se decretó nuestro divorcio vincular.

La Resolución se encuentra firme y consentido, restaría realizar la liquidación de la sociedad conyugal, pero dadas las profundas discrepancias respecto a los bienes nos ha resultado imposible llegar a un acuerdo privado.

El 23 de febrero de 1990, menos de dos meses después de mi casamiento, vendí al matrimonio ............................., el departamento ubicado en la calle 23 N° 125, de la localidad de Punta del Este, Dpto. de Maldonado, Uruguay.

Este departamento tenía carácter de propio, dado que fue adquirido por el suscripto en el año 1980, siendo de estado civil soltero. Obtuve en total por esta venta U$S 130000. Todo esto se documenta en el contrato de reserva, el informe del Registro de Traslaciones de Dominio de Maldonado y el certificado notarial de que en enero de 1980 era promitente comprador del citado departamento.

El 25 de noviembre de 1993 adquirí el inmueble sito en la calle ......................., por la suma de U$S 145.000. El dinero para la compra de este departamento se compuso de U$S 130.000 provenientes de la venta del departamento propio y U$S 15.000 de un préstamo personal otorgado por mi padre. No hubo ningún aporte de mi cónyuge, ni de fondos gananciales en el momento de la compra del departamento.

Casi el 90% del precio del inmueble fue pagado con lo obtenido de la venta de un bien propio. Por ello, salvo que la demandada probara que los fondos obtenidos por la venta del departamento de Uruguay hubieren tenido un destino diferente, eso demostraría que el inmueble de la calle .................., es un bien mío propio, sin perjuicio de no haberse asentado dicha circunstancia en la escritura pertinente.

IV. DERECHO: Fundo mi derecho en el artículo ..., del CC y C, que establece que los bienes que se adquieren por permuta con otro de alguno de los cónyuges o el inmueble que se compra con dinero de alguno de ellos pertenecen al cónyuge o permutante o de quien era el dinero o a quien correspondía la especie principal, y en el artículo 322 del C.P.C.C.N. que prevé este procedimiento para hacer cesar un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance o modalidades de una relación jurídica.

Estamos ante un caso de subrogación real.

V. PRUEBA: ofrezco las siguientes:

a) Documental:

  1. Adjunto Informe de la Dirección General de Registros de la ..... , Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria .......... en cinco (5) fojas;

  2. Adjunto contrato de reserva firmado por la Administración Pérez SRL en diez (10) fojas;

  3. Adjunto certificado notarial firmado por la escribana Ana Revería en un total de tres (3) fojas.

b) Confesional: se cite a la demandada a absolver posiciones bajo apercibimiento de ley.

c) Informativa: Se libren los siguientes oficios:

  • a) Mediante exhorto diplomático a la Dirección General de Registros, Registro de la Propiedad, Sección inmobiliaria de .......... a fin de que informe si con fecha ... de .........de ......... se inscribió la venta del dpto. sito en la calle .................., realizada por el Sr. ......................

VI. PETITORIO: por todo lo expuesto a V.S. solicito:

  1. Se me tenga por presentado, por parte, por denunciado domicilio real y constituido el domicilio legal indicado.

  2. Se corra traslado de la demanda, con copias por el término y bajo apercibimiento de ley.

  3. Se tenga por presentada prueba documental y se tenga por ofrecida la restante.

  4. Oportunamente, y en cuanto ha lugar en derecho, se haga lugar a la demanda, con expresas costas a la vencida.

PROVEER DE CONFORMIDAD,
SERA JUSTICIA.-

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